Toda vivienda, piso o apartamento que se alquile con fines turísticos debe estar inscrita en el Registro de Turismo de Andalucía desde la entrada en vigor del Decreto 28/2016, de 2 de febrero, de las viviendas con fines turísticos.
Desde nuestro estudio nos encargaremos del solicitar la preceptiva licencia de ocupación en el Ayuntamiento y justificar las condiciones técnicas y de calidad exigibles, de acuerdo con el artículo 6 del Decreto 28/2016, de 2 de febrero, de las viviendas con fines turísticos.
Nuestro elevado número de Registros de Viviendas con Fines Turísticos en Málaga, Costa del Sol, Costa Tropical, Torremolinos, Benalmádena, Fuengirola, Marbella y Almuñécar avalan los resultados de nuestro trabajo.